Cuando la víctima permanecía en el suelo, inconsciente y ensangrentada, los condenados la desnudaron y le tomaron fotografías con un teléfono.
La Fiscalía logró condenar a Kevin Contreras Navarrete, de 23 años y a Pedro Zapata Palma, de 26, a las penas de 18 años y 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, respectivamente, por su participación como autores en el delito de robo con violencia calificado, cometido en la ciudad de Loncoche la madrugada del 2 de noviembre de 2012.
La fiscal adjunto jefe de Loncoche, Gabriela Rojas, acreditó que la víctima, de iniciales F. M. L., se encontraba en la vía pública, en calle Arturo Prat, a la altura del Nº 385, frente al BancoEstado de Loncoche, cuando fue abordado por los acusados, quienes le propinaron golpes de pie y puño, haciéndole al suelo, donde continuaron agrediéndolo, para luego registrarlo y quitarle su billetera, un teléfono celular y la llave de su vehículo.
A consecuencia de los golpes, el afectado resultó con traumatismo encéfalo craneano cerrado grave, herida contusa cuero cabelludo y fracturas nasales, todas lesiones de carácter grave.
Ignominia
La fiscal Gabriela Rojas detalló que cuando la víctima permanecía en el suelo, inconsciente y ensangrentada, los condenados la desnudaron y le tomaron fotografías con un teléfono celular, las cuales posteriormente exhibieron a terceros para burlarse, provocándole deshonor y descrédito.
“El juicio se desarrolló por hechos que ocurren en un pueblo bastante pequeño, que es la ciudad de Loncoche, donde todos se conocen, nunca se filtraron ni por la Fiscalía ni por la policía las fotografías a terceros, sin embargo, sí se sabía de la existencia de las mismas, lo que dio lugar a una serie de rumores y mofas que afectaron claramente a la dignidad de la víctima”, explicó la persecutora.
En atención a lo anterior, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica estimó la concurrencia de la circunstancia agravante del artículo 12 N° 9 del Código Penal, esto es añadir ignominia a los hechos del delito.
Además dio lugar a una segunda circunstancia agravante, la pluralidad de malhechores, lo que permitió elevar las penas para los condenados Kevin Contreras Navarrete y Pedro Zapata Palma, a 18 años y 15 años y un día de presidio, respectivamente.
Por Jaime Arancibia