
El fallo ratificó el artículo que exige a las empresas reponer el suministro sin costo y en plazos acotados para usuarios afectados en zonas de catástrofe.
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó este martes, por nueve votos contra uno, el requerimiento presentado por el Gobierno contra el Artículo 31 de la megarreforma, el cual obliga a las empresas a reconectar gratuitamente los servicios básicos en zonas declaradas bajo estado de catástrofe.
La resolución representa un duro revés para la administración de José Kast, la cual buscaba eliminar la disposición que beneficia a usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas cuyos suministros hayan sido suspendidos por no pago antes o durante la emergencia.
Con este fallo, se despeja uno de los últimos obstáculos para la promulgación de la ley, cuya tramitación permanecía suspendida a la espera de la determinación de la magistratura. La norma aprobada establece que las compañías deberán reponer el agua potable y el alcantarillado en un plazo máximo de 24 horas, mientras que para los servicios de electricidad y gas fija un límite de 48 horas, contadas desde la solicitud del usuario, sin exigir el pago previo de las deudas pendientes.
La senadora Karol Cariola, impulsora de la iniciativa, valoró la dictaminación del tribunal indicando que el fallo «es un acto de justicia para las familias chilenas que han tenido que enfrentar situaciones de catástrofe y dolorosas». Asimismo, la parlamentaria enfatizó que «la norma que logramos incorporar era lo más próximo a la reconstrucción».