El docente fue condenado además a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para trabajar en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa con menores de edad.
La Fiscalía Local de Temuco obtuvo una sentencia de 12 años de presidio efectivo contra el profesor del Instituto Claret de Temuco, Omar Parra Díaz, de 43 años, por cinco delitos de abuso sexual infantil cometidos en perjuicio de alumnas del establecimiento educacional.
El fallo señala que con la prueba rendida, la Fiscalía acreditó que entre los meses de marzo y julio de 2012, Omar Parra Díaz realizó diversos actos de connotación sexual en contra de cinco de sus alumnas, de 9 años, al interior de la sala de clases del cuarto básico B, del cual era profesor jefe.
Valiéndose de la confianza y autoridad generada por su cargo, durante la jornada de clases y en su escritorio, procuraba la cercanía física con las niñas víctimas, para sentarlas en sus piernas y realizarles tocaciones.
Si bien el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco lo absolvió de otros dos hechos denunciados por alumnas, por estimar que no tienen significación sexual, y también del cargo de almacenamiento de material pornográfico infantil, la sentencia dejó conforme al fiscal que investigó el caso, Omar Mérida.
“La primera conformidad está en la sentencia condenatoria, en que se aceptó gran parte de los hechos de la manera en que lo había propuesto el Ministerio Público, dentro de esas condiciones como lo ha aceptado el tribunal, se ajusta al rango penal que indica la ley y a los antecedentes también que nosotros aportamos para la determinación de esa pena”
Prohibición perpetua para trabajar con menores
El Tribunal Oral sentenció además a Omar Parra a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa con menores de edad. “Esa es una de las sanciones que va asociada a ese ilícito, porque en su caso se invocó la calidad de profesor como parte de los medios de comisión del delito”, señaló el fiscal Mérida.
Consultado por el apoyo que ha recibido el profesor de parte de profesores y apoderados del establecimiento, el representante del Ministerio Público explicó que lo que se juzgan son hechos, no personas. “Esto no es un concurso de popularidad, aquí se rinde prueba, no se vota por las personas, no se juzga personas, se juzgan hechos, y los hechos con la prueba respectiva fueron acogidos por el tribunal, esa es la resolución que nosotros consideramos suficiente y satisfactoria, no solo para nosotros como Fiscalía, sino que para las víctimas que han recurrido a la Fiscalía para obtener justicia”.
Tribunal con dos jueces
El juicio oral contra Omar Parra se inició el 8 de julio, pero en la tercera jornada la audiencia debió ser suspendida por el problema de salud que presentó el juez Erasmo Sepúlveda.
Con el acuerdo de todos los intervinientes el juicio fue reanudado una semana después, pero sólo con dos jueces, los magistrados Luis Torres y Juan Santana, quienes firmaron la sentencia.
Por Jaime Arancibia