
Una vez declarado, podría restringir o suspender la libertad personal; restringir la libertad de desplazamiento; restringir el derecho de reunión; restringir el derecho de asociación; interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones; disponer la requisición de bienes, es decir, no estamos hablando solamente de poner militares o policías en las calles.
El Gobierno de José Kast ingresó al Senado una reforma constitucional que busca crear un nuevo Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública, una herramienta que permitiría al Ejecutivo disponer de amplias facultades para enfrentar situaciones que considere una amenaza grave para la seguridad del país.
El Gobierno se defiende diciendo que la medida estaría pensada principalmente para enfrentar al crimen organizado y a organizaciones capaces de ejercer violencia y controlar territorios. El problema es que, para hacerlo, la propuesta permite algo mucho más delicado, restringir derechos fundamentales de las personas durante períodos prolongados.
Y aquí está la parte que cualquier ciudadano debería entender.
¿Qué significa un Estado de Excepción?
En palabras simples, significa que el país o una determinada zona deja de funcionar bajo las reglas normales durante una situación considerada extraordinariamente grave. Significa que el presidente puede adoptar medidas que normalmente no podría aplicar, incluyendo restricciones a determinados derechos.
Chile ya tiene cuatro estados de excepción, asamblea, sitio, emergencia y catástrofe. La propia Constitución establece que los derechos fundamentales solo pueden ser afectados en situaciones excepcionales como guerras, conmoción interior, emergencias o calamidades públicas.
Lo que propone ahora el Gobierno de Kast es agregar un quinto mecanismo, un Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública.
¿Y qué podría hacer el presidente?
Aquí es donde la propuesta se vuelve especialmente importante. Si este nuevo estado de excepción fuese aprobado, el presidente podría declarar este régimen cuando existiera una amenaza grave e inminente para la seguridad pública o cuando la seguridad pública ya hubiera sido gravemente afectada.
Una vez declarado, podría restringir o suspender la libertad personal; restringir la libertad de desplazamiento; restringir el derecho de reunión; restringir el derecho de asociación; interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones; disponer la requisición de bienes, es decir, no estamos hablando solamente de poner militares o policías en las calles. Estamos hablando de entregar al Poder Ejecutivo herramientas que pueden afectar directamente la vida cotidiana de las personas, dónde pueden desplazarse, con quién pueden reunirse, cómo pueden comunicarse y, en determinadas circunstancias, incluso sus bienes.
¿Cuánto tiempo podría durar?
El plazo inicial sería de hasta 120 días y el presidente podría extenderlo por otros 120 días. Para las prórrogas posteriores, sí necesitaría necesariamente la autorización del Congreso.
Dicho de manera sencilla, una zona podría permanecer hasta ocho meses bajo este régimen mediante la declaración inicial y una primera prórroga, antes de entrar en el sistema de prórrogas sucesivas que exige nuevamente el respaldo parlamentario.
Y aquí aparece una de las principales críticas a la iniciativa. Sus detractores consideran excesivo que un mecanismo diseñado para situaciones extraordinarias pueda mantenerse durante un período tan extenso y con un margen de acción presidencial tan amplio.
¿Quién mandaría en esas zonas?
Las zonas sometidas al nuevo estado de excepción quedarían bajo la dependencia inmediata de un oficial general designado por el presidente de la República.
El propio Kast ha explicado que las policías permanecerían al mando y que las Fuerzas Armadas podrían colaborar en determinadas circunstancias. Esto significa que la propuesta no plantea simplemente utilizar a los militares como apoyo logístico. Se está creando una estructura excepcional de autoridad para territorios considerados gravemente afectados por la delincuencia organizada.
¿Por qué algunos hablan de un retroceso?
Porque el debate no es solamente sobre seguridad, también es sobre cuánto poder puede concentrarse en manos del presidente cuando se declara una emergencia.
En una democracia, la regla general es que las personas puedan desplazarse libremente, reunirse, asociarse y comunicarse sin que el Gobierno tenga facultades extraordinarias sobre esas actividades. Los estados de excepción son precisamente la excepción a esa regla.
El problema que plantean sus críticos es que, si esas excepciones se vuelven demasiado amplias, frecuentes o prolongadas, lo excepcional comienza a transformarse en una forma habitual de gobernar. Y ahí aparece la comparación histórica que inevitablemente genera polémica.
El actual Estado de Emergencia permite restringir principalmente la libertad de locomoción y el derecho de reunión. Además, tiene un plazo inicial de 15 días y su primera prórroga también es de 15 días; las prórrogas posteriores requieren acuerdo del Congreso.
El nuevo estado propuesto por Kast iría bastante más lejos. Además de la locomoción y la reunión, permitiría afectar la libertad personal, la asociación, las comunicaciones y determinados bienes. Por eso, en términos sencillos, no sería simplemente cambiarle el nombre al actual Estado de Emergencia; sería crear una herramienta constitucional nueva y más poderosa.