Ratifican histórico nombramiento en el norte: Patricio Saguas es proclamado Cacique Mandón Diaguita en la Región de Atacama

Compartir nota

En un hito sin precedentes para el derecho chileno y las comunidades originarias, el Consejo Tribal del Linaje Saguas ratificó a la máxima autoridad tradicional de la Estancia Cuesta de la Arena, en la comuna de Huasco, apoyado en el Convenio 169 de la OIT y en documentos que datan desde 1770.

El Consejo Tribal del Linaje Diaguita Saguas dejó firmado y protocolizado ante notario un nombramiento histórico: la proclamación de Patricio Francisco Saguas Cereceda como Cacique Mandón y máxima autoridad representativa de la zona de Huasco, en la Región de Atacama. Este hecho constituye el único caso de esta naturaleza registrado en el norte de Chile.

La figura del «Cacique Mandón» representa al líder tradicional encargado del gobierno propio, la vocería de la comunidad y la protección del territorio ancestral.

Para lograr esta validación legal, la comunidad contó con el apoyo del abogado Gabriel Muñoz Moya, quien actuó como ministro de fe tradicional para formalizar la decisión de la asamblea indígena ante el sistema legal chileno.

¿En qué se fundamenta este hito?

Para entender este reconocimiento en sencillo, el nombramiento se apoya en tres pilares esenciales:

Tratados internacionales y derecho consuetudinario: Se utilizó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas.

Estas normas internacionales obligan a los Estados a respetar las costumbres y formas propias de organización de los pueblos originarios (lo que legalmente se conoce como derecho consuetudinario), garantizando que las comunidades elijan libremente a sus autoridades sin requerir la intervención de organismos externos.

Título de Merced originario (1770): Corresponde al documento colonial expedido por la Real Audiencia bajo el mando del Cacique Lorenzo Saguas, el cual delimita la propiedad ancestral de 28 mil 40 hectáreas desde la Cordillera Paitanasa hasta el Océano Pacífico.

Sentencia judicial y prescripción adquisitiva (1897): Un fallo dictado por la justicia ordinaria a fines del Siglo 19 reconoció formalmente que la familia Saguas poseía las tierras de manera continua y pública, inscribiendo el dominio en el Conservador de Bienes Raíces de Freirina.

El peso del nombramiento ante disputas territoriales

Tanto Patricio Saguas Cereceda como Saiko Saguas Cereceda acreditaron ser descendientes directos en línea de sangre de las autoridades históricas del Valle del Huasco. Con la firma del acta en la Cuarta Notaría de Copiapó, la nueva autoridad queda investida de plenas facultades para representar legal y judicialmente a su comunidad frente a empresas privadas y autoridades del Estado en el marco de los conflictos territoriales que enfrenta el sector costero de la comuna.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HAZ TU APORTE A ELPERIÓDICO.CL Periodismo local e independiente HAZ TU APORTE